Santo Domingo, D.N. – El Senado de la República aprobó a unanimidad en segunda lectura las modificaciones a la Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, sin incluir las tres causales del aborto, marcando un hito en la transformación estructural del sistema penal del país. Esta reforma busca robustecer las sanciones para delitos graves, proteger a las víctimas y garantizar una justicia más efectiva, equitativa y actualizada.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto pasará ahora a la Cámara de Diputados para su conocimiento.
La pieza legislativa, conocida este lunes en sesión extraordinaria, introduce cambios relevantes en varios artículos, con el objetivo de atender con mayor rigor delitos que afectan la seguridad ciudadana y los derechos fundamentales. Entre las modificaciones más destacadas figuran: medidas para proteger a menores, sancionar el uso indebido de sustancias en el deporte, fortalecer las sanciones contra la violencia intrafamiliar, combatir la tortura y los actos de barbarie y endurecer las penas por delitos sexuales.
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Entre sus principales novedades, destaca el artículo 107, que establece que cualquier infracción cometida contra niños, niñas o adolescentes será sancionada con penas de veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.
En el artículo 113, referente a los atentados culposos contra la vida, determina que la persona que, por torpeza, imprudencia o negligencia, provoque la muerte de más de una persona será sancionada con pena de diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.
En cuanto al artículo 118, sobre tortura o actos de barbarie, se mejoró su redacción para establecer que quien inflija dolosamente dolores o sufrimientos graves será culpable de tortura o actos de barbarie, y será sancionada con diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.
Además, el artículo 121, relativo a sanciones a la autoridad pública, determina que toda persona con autoridad pública que cometa tortura será sancionada con veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.
La referida pieza en el artículo 136, sobre la actividad sexual no consentida en relación de pareja, establece que será sancionada con pena de cuatro a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.
El artículo 139, sobre violación sexual incestuosa, impone penas de veinte a treinta años de prisión mayor y multas de treinta a cuarenta salarios mínimos si la víctima es familiar hasta el cuarto grado. Si es menor o persona vulnerable, y hay lesiones graves o embarazo, la pena sube a treinta a cuarenta años de prisión y multa de cincuenta a mil salarios mínimos.
En el artículo 303, relativo a la sanción de la corrupción, cuando las sumas no excedan los veinte salarios mínimos, el infractor será sancionado con dos a cinco años de prisión menor, multa de cuatro a diez veces el monto sustraído, decomiso de bienes y inhabilitación para funciones públicas por cuatro a diez años.
Durante los debates, el presidente del Senado expresó que aunque en lo personal cree que nadie debe quedar exento de responsabilidad, el Congreso debe legislar conforme a la Constitución y los tratados internacionales, que permiten ampliar la imprescriptibilidad.
También fue modificado el artículo 14, sobre entes exentos de responsabilidad penal, que ahora excluye al Estado, municipios y organismos descentralizados. Pero aclara que no aplica a corporaciones de derecho público. Se agregó un párrafo que permite procesar penalmente a iglesias si sus representantes comprometen su responsabilidad.
Luego de más de cinco horas de debates, el Senado acogió las modificaciones al Proyecto de Ley Orgánica que instituye el Código Penal, incorporando 154 cambios al texto aprobado en primera lectura.
Esta propuesta fue presentada por los senadores Venerado Castillo, María Mercedes Ortiz y Aneudy Ortiz.
El Pleno aprobó que el nuevo Código Penal entre en vigencia doce meses después de su promulgación, para permitir la adecuación del sistema judicial.
OTRAS INICIATIVAS APROBADAS
También fue aprobado en segunda lectura el Proyecto de Ley de Contrataciones Públicas, con el objetivo de modernizar y fortalecer el sistema de compras del Estado.
El Pleno aprobó en segunda lectura la ley que modifica el artículo 21 de la Ley núm. 176-07, sobre el Distrito Nacional y los Municipios, y la ley que declara el 21 de junio como Día Nacional del Rock Dominicano, en honor al músico Luis Días (El Terror).
Fue aprobada la designación del recinto como Ciudad Ganadera Dr. Julio Antonio Brache Arzeno, y la ley que declara a Ercilia Pepín como Prócer de la Patria, designando el 7 de diciembre como Día de Ercilia Pepín.
MINUTO DE SILENCIO
El Senado rindió minuto de silencio por las memorias de René Fortunato, Silvia Martha Abreu, Alcibíades Sánchez, Jonathan Pérez, Rolando Pacheco y las víctimas del accidente en Jamao al Norte y San Víctor.
Varias iniciativas quedaron sobre la mesa y el Pleno fue convocado para este martes a las 2:00 p. m.
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