SANTO DOMINGO.– Fue confirmado por la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el embargo conservatorio, embargo retentivo e hipoteca judicial provisional por RD$500 millones contra los bienes de los empresarios Antonio y Maribel Espaillat, imputados por el colapso del techo de la discoteca Jet Set, tragedia que dejó 236 personas fallecidas y más de 80 heridas.
El tribunal, presidido por la magistrada Doris Josefina Pujols Ortiz, rechazó el recurso de apelación presentado por los hermanos Espaillat a través de sus abogados y ratificó las medidas impuestas sobre sus bienes.
Junto a la jueza Daisy Indhira Montás Pimentel, los magistrados rechazaron el recurso presentado por la defensa de los hermanos Espaillat, que buscaba dejar sin efecto las medidas dispuestas por el tribunal de instrucción.
La Corte estableció que este tipo de medidas no representa una condena civil anticipada contra los imputados, sino que constituye un mecanismo provisional destinado a preservar bienes que eventualmente puedan responder por las indemnizaciones correspondientes a las víctimas. Los jueces también precisaron que el límite fijado es de RD$500 millones y que ninguna ejecución puede superar ese monto.
Uno de los planteamientos de la defensa fue que la existencia de numerosas víctimas podría provocar que los embargos terminaran afectando un patrimonio superior al límite establecido. Sin embargo, la Corte consideró que la cantidad de víctimas no constituye, por sí sola, una causa para eliminar la protección cautelar prevista por la ley.
El tribunal recordó además que el ordenamiento jurídico contempla mecanismos para corregir eventuales excesos durante la ejecución de un embargo. Entre estas herramientas se encuentran la reducción, limitación o cancelación de la medida, cuando existan razones serias que lo justifiquen.
Los magistrados concluyeron que los recurrentes no demostraron que las medidas hubieran perdido su propósito ni que se hubiese producido una afectación patrimonial por encima de los RD$500 millones autorizados. Por ello, descartaron también la posibilidad de sustituir los embargos por una fianza.
El recurso había sido presentado, además, por Ana Grecia López y Evelyn Espaillat, así como por las sociedades Inversiones EyL, S.R.L.; Radio Cadena Comercial, S.R.L.; Difusora Hemisferio, S.R.L., e Inversiones CCEP-2, S.A.
La impugnación estaba dirigida contra el ordinal séptimo de la resolución 057-2026-SACO-00101, emitida el 15 de junio de 2026 por el juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Raymundo Mejía.
En esa resolución se dispuso la apertura a juicio contra Antonio y Maribel Espaillat, por la presunta violación de los artículos 319 y 320 del Código Penal, dentro del proceso derivado del colapso del techo de la discoteca Jet Set.
La defensa había solicitado que las medidas fueran levantadas y sustituidas por una fianza otorgada por una compañía aseguradora, además de que se establecieran de manera individual los beneficiarios de dicha garantía.
Con el fallo de la Corte de Apelación, las medidas cautelares sobre los bienes de los imputados se mantienen vigentes hasta el límite de RD$500 millones, mientras continúa el proceso judicial relacionado con la tragedia del Jet Set.
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